A- de 2009
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Luis Ernesto Vargas Silva
✓Claimant Alejandro Díaz Morales Vs Ejercito Nacional Batallon De Infanteria Número 32
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Competencia del Tribunal Superior, Administrativo y Consejo Seccional de la Judicatura
- Juez no le es dado declinar su competencia bajo el pretexto de hacer una adecuada aplicación de las normas atinentes al reparto
- Competencia de autoridad judicial a quien primero fue repartida o ante quien se accionó
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Conflicto de competencia entre el tribunal superior del distrito judicial de medellín, el cual inadmitió la demanda de tutela, al considerar que el juez competente era del circuito, al dirigirse la demanda contra una entidad del sector descentralizado por servicios de orden nacional, por su parte el juzgado dieciséis civil del circuito de medellín declaró su incompetencia para conocer de la acción y propuso conflicto de competencia negativo.
La corte reitera que al juez a quien le correspondió por reparto el conocimiento de la demanda debe tramitar la acción, por lo tanto se ordena remitir el expediente al tribunal superior del distrito judicial de medellín.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (4 points)
- Primero. DEJAR SIN EFECTOS el auto proferido por la Sala de Familia del Tribunal Superior de Medellín de fecha 13 de julio de 2009 dentro de la presente acción de tutela.
- Segundo. REMITIR el expediente de la referencia a la Sala de Familia del Tribunal Superior de Medellín para que sin más demoras, continúe el trámite de la primera instancia y profiera decisión de fondo respecto del amparo solicitado, conforme a las previsiones del artículo 86 de la Constitución Política y del Decreto 2591 de 1991.
- Tercero. Por Secretaría General, COMUNICAR al Juzgado Dieciséis Civil del Circuito de Medellín la decisión adoptada en esta providencia, con el fin de que tenga conocimiento sobre lo aquí resuelto por la Corte Constitucional.
- Comuníquese,
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.